Audiencia de acusación no es la única instancia procesal para que la víctima pueda intervenir

Inicialmente, la Corte Constitucional, en la Sentencia C-651 del 2011, reiteró lo dicho en su Sentencia C-516 del 2007 indicando que para acreditar la condición de víctima se requiere que haya un daño real, concreto y específico, cualquiera que sea su naturaleza, que legitime la participación de la víctima o de los perjudicados en el proceso penal para buscar la verdad y la justicia.
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